MADRID CENTRAL ZONA BAJA EMISIONES MOTOS

Si, Madrid está en cambio y aun teniendo diferentes opiniones sobre ello, tenemos que tirar de actitud flexible y adaptarnos.

En lo que si coincidimos, es en la falta de información respecto a todos estos cambios. Desde Moto Look hemos recaudado algo de información para dar un poco de claridad a algunos de los asuntos relacionados con nuestro modo de transporte encima de las dos ruedas o tres, que tanto tiempo nos hace ahorrar.

Trataremos los siguientes temas concretos; Madrid Centro, como conseguir el distintivo de medio ambiente y como estacionar.

1. Madrid Central:

Para Madrid Central-Zona de bajas emisiones, podrás acceder con tu motocicleta en los siguientes casos:

2. Como conseguir el distintivo de medio ambiente:

A partir del 24 de abril de 2019 entra en vigor en Madrid, la norma que te obligará a portar la pegatina ambiental.

3. Como estacionar:

En referencia a como estacionar hay varias opciones, la primera de ellas son las zonas de estacionamiento reservado para motocicletas. Esta siempre tiene que ser la que elijamos en caso de que lo haya. En estas reservas, ya estén en línea verde o azul, el estacionamiento es gratuito y de tiempo ilimitado.

En el caso de que no existan estás reservas de parking, pueden hacerlo también (junto o en vez de los automóviles y otros vehículos) en cualquier banda de estacionamiento donde éste esté permitido aparcar, en forma oblicua a la línea de acera y ocupando un máximo de 2 metros, de forma que no se impida el acceso a otros vehículos o el paso desde la acera a la calzada.

En aparcamientos municipales hay tarifas especiales para las motocicletas.

Como última opción nos quedaría la acera, siempre que no haya ninguna de las anteriores.

Siempre será en zonas que no hayan sido declaradas como de 'especial protección para el peatón' y solo si no es posible aparcar en reserva de moto o en banda de estacionamiento, sobre aceras amplias, junto al bordillo en una única línea (en paralelo al bordillo en aceras de menos de 6 metros de ancho, y en semibatería o ángulo si son más anchas), y respetando un ancho libre de paso de tres metros y dos metros de distancia a los pavimentos tacto-visuales que haya en el suelo (para facilitar el tránsito de peatones con deficiencias importantes de visión). Tampoco está permitido en las zonas peatonales destinadas a paradas de transporte público o  de taxi, en las reservas para personas con movilidad reducida o sobre las tapas de registro o de servicio.

Si además se trata de 'Madrid Central', tampoco se puede estacionar sobre aquellas aceras que estén junto a una banda de estacionamiento. En ningún caso puede circularse a motor por la acera, pues cuando se estacione sobre acera solo puede utilizarse la fuerza del motor para salvar el desnivel entre calzada y acera, y respetando siempre la prioridad peatonal.

Dado su peso y la posible afección que puede tener esta circunstancia al patrimonio público, las motocicletas, ciclomotores y triciclos asimilables a motocicletas no pueden anclarse con cadenas antirrobo o similares a elementos de señalización, elementos vegetales, bancos, marquesinas ni a otros elementos de mobiliario urbano.

Esperamos os sirva de ayuda. Si veis cualquier error o podéis aportar más información no dudéis en escribirnos a info@motolook.com.

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